º. El Fondo Nacional de Regalías transferirá directamente el diez por ciento (10%) de sus ingresos propios anuales a la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, los cuales harán parte de su patrimonio y rentas.
Decreto 1873 de 1995 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1873 de 1995 · por el cual se reglamentan los artículos 30 de la Ley 141 y 17 de la Ley 161 de 1994 referente a la asignación de recursos del Fondo Nacional de Regalías para la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.