Micelio

Artículo 5

º Los Miembros Del Comité Nacional De Garantías Electorales Podrán Concurrir A Las Reuniones De Los Comités Seccionales

Decreto 2139 de 1987 · por el cual se autoriza la creación de Comités Seccionales de Garantías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los miembros del Comité Nacional de Garantías Electorales podrán concurrir a las reuniones de los Comités Seccionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2139 de 1987