Micelio

Artículo 63

La Entidad Que Realice El Concurso Designará Jurados Para Cada Una De Las Pruebas Que Se Apliquen, En Número No Inferior A Dos (2) Por Cada Prueba, Salvo Para La Prueba De Entrevista, La Cual Se Realizará Por Jurado Compuesto Por Un Mínimo De Tres (3) Personas

Decreto 1572 de 1998 · por el cual se reglamenta la Ley 443 de 1998 y el Decreto-ley 1567 de 1998.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La entidad que realice el concurso designará jurados para cada una de las pruebas que se apliquen, en número no inferior a dos (2) por cada prueba, salvo para la prueba de entrevista, la cual se realizará por jurado compuesto por un mínimo de tres (3) personas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1572 de 1998