Micelio

Artículo 4

Decreto 3320 de 2008 · por el cual se reglamentan los artículos 100 de la Ley 1151 de 2007 y 13 de la Ley 1176 de 2007, en relación con el procedimiento a seguir para el giro de los recursos del Sistema General de Participaciones, SGP, para agua potable y saneamiento básico, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial no responderá por concepto de la información reportada por las entidades territoriales, con base en la cual haya efectuado los giros correspondientes. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, podrásolicitar al departamento, municipio o distrito los soportes para verificar la información contenida en la autorización de giro, cuando lo considere pertinente. En consecuencia, la responsabilidad sobre la totalidad de la información reportada en relación con los giros autorizados por los departamentos, distritos o municipios recae en el respectivo representante legal de la entidad territorial, a quien le corresponde resolver los requerimientos y reclamos que se presenten sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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