Propuestas las objeciones, el Sindicato Recaudador falla dentro de los tres días siguientes. Contra los fallos de los Sindicatos Recaudadores puede interponerse el recurso de reposición dentro de los tres días siguientes a la notificación.
Dentro del mismo término puede interponerse el recurso de apelación para ante el Administrador Principal de Hacienda Nacional del respectivo Departamento, cuando la liquidación la verifique un Sindicato Recaudador que no sea de capital de Departamento,