Micelio

Artículo 53

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

RENUENCIA DEL PATRONO A LA PRACTICA DE LA DILIGENCIA DE INSPECCION OCULAR. Cuando la visita o inspección ocular no se llevare a efecto por renuencia del patrono o del trabajador que deba facilitarla, se tendrán como probados en su contra los hechos que se pretendían establecer y se dejará constancia de la renuencia en la respectiva acta. Esta acta originará una resolución motivada contra la cual procederán los recursos legales propios de la vía gubernativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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