Las entidades a que se refiere el articulo anterior que opten por contratar el desarrollo de estos estudios técnicos de reformas a sus plantas de personal con la Escuela Superior de Administración Pública o con personas naturales o jurídicas, deberán
Informar de tal circunstancia al Departamento Administrativo de la Función Pública, para que el Director designe un empleado que acompañe el proceso.
Prever en el correspondiente convenio o contrato, según el caso, la participación de por lo menos dos empleados de su entidad en el desarrollo del estudio.