º El Gobierno determinará el número de alumnos y profesionales que deban enviarse al Exterior, teniendo en cuenta la partida existente en el presupuesto respectivo. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2137 de 1928 →Vigente
Artículo 7
El Gobierno Determinará El Número De Alumnos Y Profesionales Que Deban Enviarse Al Exterior, Teniendo En Cuenta La Partida Existente En El Presupuesto Respectivo
Decreto 2137 de 1928 · Por el cual se reglamenta el artículo 17 de la Ley 11 de 1927, en relación con los alumnos y profesionales que deben ser enviados al Exterior a perfeccionar sus estudios por las Facultades de Derecho y ciencias Políticas y Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.