Micelio

Artículo 1

Hácense Las Siguientes Supresiones En El Personal Del Ramo De Correos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Administración Principal De Correos De Bogotá

Decreto 1491 de 1949 · Por el cual se hacen unas supresiones y creaciones en el personal del ramo de Correos y ramo de Telégrafos, y se fija una asignación en el Ministerio de Correos y Telégrafos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1.º Hácense las siguientes supresiones en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Administración Principal de Correos de Bogotá. Administración. La plaza de Mecanógrafa, con asignación mensual de $ 180.00 cargo que viene desempeñando la señorita Blanca Lilia Espejo La plaza de Ayudante, con asignación mensual de 207.00 cargo que viene desempeñando el señor Oseas Porras. Sección de Correos Jefatura. La plaza de Oficial Ayudante, con asignación mensual de 172.00 cargo que viene desempeñando el señor francisco Gil Tobón. Departamento de Antioquia. Buenosaires La plaza de Agente de Correos, con asignación mensual de 70.00 cargo que viene desempeñando el señor Juan de Dios Jaramillo. Departamento de Santander. La Palma La plaza de Agente de Correos, con asignación mensual de 70.00 cargo que viene desempeñando la señora Censida Carvajal de Acevedo. Suman $ 699.00

Parágrafo

Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 97, artículo 1987, del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1491 de 1949