Micelio

Artículo 1

De La Suma Apropiada En El Presupuesto De La Actual Vigencia

Decreto 851 de 1972 · Por el cual se destina una partida presupuestal para atender a calamidad pública

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° De la suma apropiada en el Presupuesto de la actual vigencia. Capítulo 101, programa 101, artículo 1015, para calamidades públicas, destinase la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00) moneda corriente, que serán girados al Tesorero Departamental del Huila, a la orden de la Junta pro Damnificados que preside el Secretario de Hacienda del Departamento, con destino a la reconstrucción de las viviendas de los damnificados y a la construcción de los puentes a que se refiere la parte motiva de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 851 de 1972