Micelio

Artículo 6

Ley 2511 de 2025 · por medio del cual se establecen lineamientos para la creación e implementación de la política pública de Educación para la Salud y la Vida (EPSV) y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación Nacional en conjunto con el Ministerio de Salud y de la Protección Social hasta dentro de un (l) año siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley desarrollará una plataforma digital integral que incluya herramientas educativas interactivas, materiales audiovisuales, y cursos en línea dirigidos a educadores, estudiantes y padres de familia sobre el autocuidado y la prevención de enfermedades, así como de trastornos mentales; y la promoción del buen cuidado de la salud físico y mental.

El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones implementará el Plan nacional de conectividad Rural, contemplado en el acuerdo de paz, para garantizar acceso de la población rural y campesina a la aplicación digital para educadores y estudiantes de conformidad con el Plan Nacional de Desarrollo.

Esta aplicación deberá dar cumplimiento a la política de gobierno digital del Estado colombiano, incorporando adaptaciones y mecanismos requeridos para la población con discapacidad. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en el marco de sus competencias, podrá brindar apoyo técnico para los fines del presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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