Artículo segundo. La suma de que trata el articulo anterior le será pagada al Tesorero del Comité Organizador del certamen, a cuyo cargo quedará la correspondiente rendición de cuentas a la Contraloría General de la República. Comuníquese y publíquese.
Decreto 451 de 1956 →Vigente
Artículo 2
Decreto 451 de 1956 · Por el cual se destina un aporte nacional para el V Torneo Internacional de Tennis Ciudad de Barranquilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.