Micelio

Artículo 7

º

Decreto 3222 de 2003 · por el cual se reglamenta el artículo 22 de la Ley 715 de 2001, en relación con traslados de docentes y directivos docentes de los establecimientos educativos estatales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Autoridades competentes . Los traslados de los docentes y directivos docentes serán realizadas por las siguientes autoridades

a)

El alcalde de distrito o municipio en el ámbito de su jurisdicción;

b)

El gobernador del departamento entre municipios no certificados. Cuando se efectúe un traslado entre entidades territoriales certificadas, la autoridad competente será la de aquella que envía al docente o directivo docente, previo convenio interadministrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3222 de 2003