°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá D C., a 13 de marzo de 1995. HORACIO SERPA URIBE La Subdirectora el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, encargada de las funciones del Despacho del Director del mismo organismo, Almabeatriz Rengifo López.
Decreto 445 de 1995 →Vigente
Artículo 3
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 445 de 1995 · por el cual se modifica y adiciona al Decreto 429 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.