Autorízase al Gobierno Nacional para aumentar los sueldos del personal de nómina de la Imprenta y de la Litografía Nacionales, y los sueldos de los tipógrafos y demás trabajadores manuales de nómina de las mismas, dentro de la cantidad de veinte mil pesos ($ 20,000.00) anuales, consultando la responsabilidad y calidad de trabajo que a cada empleo corresponda
Ley 200 de 1938 →Vigente
Artículo 4
Ley 200 de 1938 · por la cual se dictan algunas disposiciones sobre publicaciones oficiales y se aumentan las asignaciones de los empleados de la Imprenta Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.