Agente interventor . Es el servidor público de la Contraloría General de la República del nivel directivo, asesor o ejecutivo, designado en comisión de servicios como agente interventor por el Contralor General de la República para dirigir y coordinar la intervención administrativa a una contraloría territorial. A partir de la comunicación de la designación, el servidor público designado como agente interventor se separará temporalmente de las funciones ordinarias de su empleo y ejercerá exclusivamente aquellas relacionadas con la intervención administrativa correspondiente, continuará devengando el salario y prestaciones correspondientes a su empleo y estará sujeto a las situaciones administrativas propias del mismo.
El Contralor General de la República podrá reubicar o comisionar servidores públicos de la Contraloría General de la República, o de ser necesario contratar particulares, para que conformen una Comisión de Intervención a disposición del Agente Interventor, para apoyar las labores que se realicen y las decisiones que se adopten en los asuntos que configuran el objeto de la intervención.