Abrense al Ministerio de Relaciones Exteriores los siguientes créditos, suplemental el primero y extraordinario el segunde, imputables al Presupuesto del bieno en curso:
Departamento de Relaciones Exteriores.
Capitulo 32.
SERVICIO CONSULAR.
Capitulo 33
GASTOS VARIOS.
Articulo 98 bis Para pagar la cuota que corresponde á Colombia en el sostenimiento de las Oficina de
las Repúblicas americanas, que funciona en Washington, en el bienio
Dése cuenta al Congreso en su próxima reunión.