Micelio

Artículo 1

El Artículo 10 Del Decreto 1350 De 2003 Quedará Así: Artículo 10

Decreto 777 de 2004 · por el cual se modifica el artículo 10 del Decreto 1350 de 2003.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 10 del Decreto 1350 de 2003 quedará así: Artículo 10. Formato del formulario único sistematizado . Los formularios para el juego de apuestas permanentes o chance que sean diligenciados en forma sistematizada, deberán ser emitidos por la entidad concedente, impresos en papel de seguridad, agruparse en rollos u hojas continuas, la numeración será consecutiva u homologada en un número serial único de identificación de cada jugada y sus dimensiones determinadas por la entidad concedente, donde a través del sistema se puedan verificar los datos de expedición del formulario: fecha, valor apostado y ciudad. Cuando el juego se realice en línea y en tiempo real, en el papel de seguridad suministrado por la entidad concedente, deberá diligenciarse el formulario con la información preconfigurada por el sistema, la cual corresponderá a la prevista para el formulario único de apuestas permanentes o chance, la numeración será consecutiva u homologada en un número serial único de identificación de cada jugada donde a través del sistema se puedan verificar los datos de expedición del formulario: fecha, valor apostado, ciudad, hora y terminal. La entidad concedente deberá inspeccionar y revisar los sistemas dispuestos para la operación con el fin de verificar su integridad y la información generada por los mismos.

Parágrafo

En los formularios utilizados para la operación del juego de apuestas permanentes sistematizado, podrán cursarse otros juegos de suerte y azar que se encuentren debidamente autorizados y que se operen en forma similar. El sistema debe garantizar que cada juego sea individualizado en tal forma que permita a las autoridades respectivas, ejercer un control permanente e inmediato de cada uno de tales juegos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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