Micelio

Artículo 4

En Todos Los Casos Establecidos En Este Decreto, Las Apelaciones Se Surtirán Ante Los Respectivos Tribunales Superiores De Distrito Judicial

Decreto 670 de 1984 · Por el cual se dictan normas sobre competencia y procedimiento en materia penal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En todos los casos establecidos en este Decreto, Las apelaciones se surtirán ante los respectivos Tribunales Superiores de Distrito Judicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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