Abrense a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, los siguientes créditos adicionales: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO I Congreso Nacional. Articulo 1° Para dietas de 175 miembros del Congreso Nacional, a $ 15 cada uno, en las sesiones ordinarias y extraordinarias$55,125Articulo 2° Para gastos de representación de 175 miembros del Congreso Nacional, a $ 5 diarios cada uno, en las sesiones ordinarias y extraordinarias18,375Articulo 4° Para sueldos de las Secretarias de las Cámaras Legislativas en las sesiones ordinarias y extraordinarias, conforme a los Reglamentos vigentes10,49650Articulo 5° Para sueldos de los empleados de las Cámaras Legislativas, durante el receso del Congreso14,995Artículo 6° bis. Para pagar las obras que deban ser compradas con destino al enriquecimiento de la Biblioteca del Congreso y compra de estantería especial para la misma, de acuerdo con la Ley 57 de 193510,000
Ley 52 de 1936 →Vigente
Artículo 1
Ley 52 de 1936 · Por la cual se abren varios créditos adicionales al presupuesto de la vigencia en curso, y se da una autorización al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.