Causales de exclusión del aspirante. Son causales de exclusión del aspirante, además de las demás sanciones aplicables que correspondan, las siguientes:
1. Aportar documentos falsos o adulterados para su inscripción.
2. Incurrir en cualquier fraude antes, durante o después del examen habilitante dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.17 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015.
3. Haber incurrido en faltas penales, fiscales o disciplinarias con ocasión de conductas personales que puedan verificarse en los certificados oficiales correspondientes. RESOLUCION
4. En general, transgredir las disposiciones establecidas en el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 y demás normas aplicables.
PARÁGRAFO PRIMERO. Las anteriores causales de exclusión serán aplicadas al aspirante en cualquier momento de la convocatoria, cuando se compruebe su acaecimiento, sin perjuicio de las acciones judiciales y/o administrativas a que haya lugar.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La Superintendencia de Sociedades podrá verificar en cualquier tiempo los distintos documentos aportados durante la presente convocatoria. CAPÍTULO II APERTURA E INSCRIPCIONES