Micelio

Artículo 32

Medidas Complementarias

Decreto 1737 de 2010 · por el cual se modifica el Programa de Protección para Víctimas y Testigos de la Ley 975 de 2005, creado mediante el Decreto 3570 de 2007.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Medidas Complementarias. Para la aplicación de las medidas complementarias se buscará integrar la atención a las necesidades de las víctimas y testigos, con el propósito de salvaguardar sus derechos afectados y buscar su bienestar emocional y familiar, por tal razón, deberán concurrir todas las entidades competentes en la ejecución de programas orientados a dar respuesta a estas necesidades. Igualmente se podrán convocar entidades sin ánimo de lucro que colaboren con estos propósitos. En desarrollo de este artículo, las entidades que hacen parte del Programa podrán celebrar convenios o contratos con el fin de garantizar la aplicación de las medidas complementarias.

Parágrafo

En todas las medidas complementarias implementadas, la autoridad a cargo se asegurará de la adecuada aplicación del enfoque de género y diferencial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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