Micelio

Artículo 32

La Policía De Circulación Y Tránsito Estará Encargada De Resolver Los Problemas Que, Como Consecuencia Del Incremento De La Circulación Humana Y Mecánica, Se Producen En Los Sectores Urbanos De Las Ciudades

Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Policía de Circulación y Tránsito estará encargada de resolver los problemas que, como consecuencia del incremento de la circulación humana y mecánica, se producen en los sectores urbanos de las ciudades. La labor de los Agentes de Tránsito tiende a disminuir los accidentes, a evitar los entorpecimientos continuos en la circulación, a lograr un ordenamiento adecuado en el desplazamiento de peatones y vehículos, y a exigir el cumplimiento de las normas impuestas por los reglamentos respectivos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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