La Policía de Circulación y Tránsito estará encargada de resolver los problemas que, como consecuencia del incremento de la circulación humana y mecánica, se producen en los sectores urbanos de las ciudades. La labor de los Agentes de Tránsito tiende a disminuir los accidentes, a evitar los entorpecimientos continuos en la circulación, a lograr un ordenamiento adecuado en el desplazamiento de peatones y vehículos, y a exigir el cumplimiento de las normas impuestas por los reglamentos respectivos.
Decreto 1667 de 1966 →Vigente
Artículo 32
La Policía De Circulación Y Tránsito Estará Encargada De Resolver Los Problemas Que, Como Consecuencia Del Incremento De La Circulación Humana Y Mecánica, Se Producen En Los Sectores Urbanos De Las Ciudades
Decreto 1667 de 1966 · Por el cual se dicta el Estatuto Orgánico de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.