Establécese un gravamen de un peso ($ 1,00) sobre cada uno de los formularios la cinco y seis o concursos similares que emitan los hipódromos u organismos similares establecidos o que se establezcan en el futuro.
El valor de cada uno de los formularios que se emitan será de diez centavos ($0,10), más el valor del impuesto, y la empresa o empresas que tengan o establezcan en el futuro esta clase de concursos o juegos estarán obligas a mantener la proporción actual de los premios establecidos para los ganadores del mencionado concurso. La contravención a los dispuestos en este artículo será sancionada con una multa equivalente al doble del valor que se hubiere dejado de pagar.