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Artículo 37

El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1o) De Enero De Mil Novecientos Sesenta Y Seis (1966), Y Suspende Las Disposiciones Legales Que Le Sean Contrarias

Decreto 3398 de 1965 · Por el cual se organiza la defensa nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto rige a partir del primero (1o) de enero de mil novecientos sesenta y seis (1966), y suspende las disposiciones legales que le sean contrarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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