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Artículo 3

Del Decreto Número 0864 De 1960, Quedará Así: La Primera Emisión De Los "bonos De Desarrollo Económico" De Las Clases "a" Y "b", Hasta Por Setenta Millones De Pesos ($70

Decreto 1376 de 1960 · Por el cual se modifica y aclara el Decreto número 0864 de 1960, sobre emisión de "Bonos de Desarrollo Económico".

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El artículo 3° del Decreto número 0864 de 1960, quedará así: la primera emisión de los "Bonos de Desarrollo Económico" de las clases "A" y "B", hasta por setenta millones de pesos ($70.000.000 00), dividos en un 50% para cada clase, se hará con fecha l° de julio de 1960 para los bonos de la clase "A", y 1° de agosto del mismo año, para los bonos de la clase "B".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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