Micelio

Artículo 5

Ley 21 de 1937 · Por la cual se decreta la revisión de los juicios sobre sueldos de retiro y pensiones militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si de la revisión resultare que alguno o algunos de los documentos que sirvieron de base al reconocimiento de una pensión o sueldo de retiro fueron adulterados, el Consejo, además de decretar la perdida de la gracia, pasará copia de lo conducente a las autoridades del crimen, para los efectos penales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 21 de 1937