Micelio

Artículo 2

Requisitos

Decreto 4234 de 2004 · por el cual se establecen las condiciones y se determina el procedimiento para otorgar espectro adicional a los operadores de servicios de telefonía móvil prestados a través de gestión directa o indirecta y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Requisitos . Los operadores interesados en la asignación de espectro adicional deberán acreditar los siguientes requisitos ante el Ministerio de Comunicaciones

1.

Acreditación del título habilitante prestador del servicio de telefonía móvil por parte del solicitante del espectro adicional.

2.

Solicitud del representante legal del operador, donde especifique el ancho de banda (MHz) requerido como espectro adicional.

3.

Presentación de los estudios técnicos, avalados por el representante legal, donde se demuestre la necesidad del espectro adicional para seguir prestando y expandiendo el servicio en las condiciones técnicas, de calidad y de cobertura establecidas en su título habilitante y para introducir nuevas aplicaciones derivadas de los desarrollos tecnológicos inherentes al servicio autorizado en el contrato de concesión, al concesionario que solicita el espectro adicional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4234 de 2004