Articulo 32 . Calidad de empleados públicos . Todas las personas que presten sus servicios a, las Zonas Francas son empleados públicos y por lo tanto, están sometidos el régimen legal vigente para los mismos; no obstante, conforme al artículo 5º del Decreto 3135 de 1968, podrán vincularse mediante contratos de trabajo las personas que desempeñen las siguientes actividades
Construcción y sostenimiento de obras y equipos, siempre que no se trate de personal profesional;
Labores de aseo, servicios de alimentación y asistencia doméstica; CAPITULO VI Disposiciones varias.