Micelio

Artículo 24

Los Servicios Sociales De Nutrición Y Mercadeo

Decreto 784 de 1989 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 21 de 1982, y 71 de 1988

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los servicios sociales de nutrición y mercadeo. Los programas de nutrición y mercadeo social que desarrollen las Cajas de Compensación Familiar estarán orientados a las siguientes finalidades principales

1.

Mejorar la dieta alimentaria de los afiliados, su familia y la comunidad en general.

2.

Aprovechar las épocas de cosecha, abastecimiento y abundancia de productos básicos para expandir su distribución.

3.

Estimular y desarrollar la producción de pequeños productores, agricultores o cooperativas del sector agropecuario.

4.

Aumentar la capacidad adquisitiva de los trabajadores y sus familias, mediante la venta de productos con precios bajos, buena calidad, peso y medidas exactos y puntos de mercadeo accequibles.

5.

Organizar sistemas de crédito para la financiación de electrodomésticos, productos del hogar, útiles escolares, vestuarios y elementos para la recreación y el esparcimiento, que propendan por el mejoramiento de la calidad de vida de los trabajadores y sus familias.

6.

Establecer programas de educación alimentaria, para el consumo y adquisición de bienes básicos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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