º . Informe de gestión. Los Gerentes o Directores de las Empresas Sociales del Estado del orden territorial deberán presentar a la Junta Directiva informes semestrales sobre el cumplimiento del plan de gestión, así
Un informe a más tardar el 1º de marzo de cada año con corte al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior;
Un informe a más tardar el 1º de agosto de cada año con corte al 30 de junio del mismo año. Los informes de gestión deberán contener la información sobre el cumplimiento de las metas y resultados para el respectivo período, de acuerdo con el plan de gestión aprobado, el mismo deberá ser presentado con la metodología que defina el Ministerio de la Protección Social.