Vigencia del examen. El examen de idoneidad profesional tendrá una vigencia de tres (3) años contados partir de su fecha de aprobación. Sin embargo, cuando a juicio de la Superintendencia Financiera de Colombia exista un cambio en la regulación, cuando al profesional inscrito en el registro le sean modificadas o asignadas nuevas funciones que requieran de un examen adicional o cuando sea designado para desempeñar un cargo distinto que requiera de inscripción en el mencionado registro, el profesional deberá presentar el examen de idoneidad que corresponda a su nueva situación jurídica, fáctica o funciona según corresponda. La Superintendencia Financiera de Colombia podrá extender la vigencia del examen de idoneidad y de la certificación de los profesionales que ella determine, hasta por un periodo de cuatro (4) años, siempre que las funciones o responsabilidades asumidas por tales profesionales así lo permitan.
Decreto 2555 de 2010 →Vigente
Artículo 5.4.3.1.3
Vigencia Del Examen
Decreto 2555 de 2010 · por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.