Micelio

Artículo 9

En Aquellos Colegios En Que Se Dé Únicamente El Grado De Bachiller En Ciencias, Y En Donde Los Alumnos Hayan Hecho Además El Curso De Ingeniería Y Matemáticas; O Si Hubieren Hecho Conjuntamente Los Cursos De Latín Y Filosofía Con La Extensión Requerida, Podrán Cursar También En Cualquiera De Las Facultades Universitarias

Decreto 1122 de 1922 · Por el cual se reglamenta el bachillerato en Colombia

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En aquellos colegios en que se dé únicamente el grado de bachiller en Ciencias, y en donde los alumnos hayan hecho además el curso de Ingeniería y Matemáticas; o si hubieren hecho conjuntamente los cursos de Latín y Filosofía con la extensión requerida, podrán cursar también en cualquiera de las facultades universitarias.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1122 de 1922