o Quienes ingresen a Inravisión en fecha posterior a la vigencia del presente Decreto, no tendrán derecho a la prima mensual de antigüedad a que se refiere el artículo 9º del Decreto 179 de 1987.
Decreto 916 de 1992 →Vigente
Artículo 8
O Quienes Ingresen A Inravisión En Fecha Posterior A La Vigencia Del Presente Decreto, No Tendrán Derecho A La Prima Mensual De Antigüedad A Que Se Refiere El Artículo 9º Del Decreto 179 De 1987
Decreto 916 de 1992 · por el cual se fijan las escalas de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.