Decreto 895 de 1981 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2157 de agosto 21 de 1980.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo Segundo. Adicionase el siguiente
Parágrafo
al artículo 7º del Decreto 2157 de agosto 21 de 1980:
Parágrafo
Autorizase la revisión a quienes presenten la prueba supletoria que ya fueron asimilados directamente en virtud de la categoría, por no haber podido acreditar base académica ni titulo, por los motivos previstos en este Decreto.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.