Artículo único . Restablécense los siguientes empleos, con las mismas asignaciones que les señalaba el Presupuesto de este año: En la Aduana de Barranquilla, un Fiel de Balanza; En la Aduana de Cartagena, un Fiel de Balanza y un primer Revisor; En el Resguardo de Tolú, el Ayudante; En el Resguardo de Puerto Escondido, el Ayudante; En el Resguardo de Turbo, el Ayudante. Comuníquese y publíquese.
Decreto 615 de 1909 →Vigente
Artículo 1
Decreto 615 de 1909 · Por el cual se restablecen algunos puestos en las Administraciones de las Aduanas de Barranquilla y Cartagena y en los Resguardos dependientes de esta última Aduana
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.