ARTICULO 28. DE LA NOMENCLATURA Y CLASIFICACIÓN DE EMPLEOS DEL NIVEL OPERATIVO. <Derogado por el artículo 6o. del Decreto 457 de 1997>.
Decreto 1042 de 1978 →Vigente
Artículo 28
De La Nomenclatura Y Clasificación De Empleos Del Nivel Operativo
Decreto 1042 de 1978 · Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de los Ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
adicionado (verif_articulado: adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 28 del decreto-ley 1042 de 1978) por decreto 90/88 adicionado (verif_articulado: adicionase la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 28 del decreto-ley 1042 de 1978) por decreto 193/87
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.