Art. 2.° El sueldo anual del Administrador será de trescientos sesenta pesos ($360), señalado en el Presupuesto nacional de 1871 a 1872, Departamento de correos, capítulo 1.°, artículo 9.°,
Parágrafo 2
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, Parágrafo 2
Decreto 18711013 de 1871 · sobre establecimiento de una Administración principal de Hacienda nacional en el Territorio de Casanare, i supresión de la subalterna de Moreno.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 2.° El sueldo anual del Administrador será de trescientos sesenta pesos ($360), señalado en el Presupuesto nacional de 1871 a 1872, Departamento de correos, capítulo 1.°, artículo 9.°,
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.