Micelio

Artículo 3

Decreto 1799 de 1937 · Por el cual se aprueba una Resolución del Departamento Nacional de Higiene

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Segundo. Créas en el Dispensario Antituberculoso de Bucaramanga el cargo de Médico del Dispensario, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150), a partir del primero del mes en curso.

Parágrafo

El nombramiento de este Médico se hará conforme lo establecido para los empleados subalternos de la Unidad Sanitaria de Bucaramanga, en el contrato respectivo. Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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