º Junta de Oficiales. La Junta de Oficiales realizará un estudio de la trayectoria profesional del aspirante al Cuerpo Profesional Especial, teniendo en cuenta los aspectos y puntajes que se determinan a continuación
Un (1) punto por cada año de servicio como Agente;
Un (1) punto por cada felicitación pública individual;
Cinco (5) puntos por cada mención honorífica;
Cinco (5) puntos por el distintivo de dragoneante;
Cinco (5) puntos por cada año de servicio prestado en zonas en las que haya derecho a devengar prima de orden público;
Cinco (5) puntos por cada año de bachillerato aprobado;
Ocho (8) puntos por cada distintivo de servicios distinguidos;
Quince (15) puntos por la condecoración de "Estrella de la Policía";
Quince (15) puntos por la condecoración "Cruz al Mérito Policial";
Quince (15) puntos por el distintivo "Al Valor";
Cuatro (4) puntos por cada uno de los demás distintivos o condecoraciones, autorizadas por las normas institucionales vigentes;
Diez (10) puntos por cada idioma extranjero que hable en forma aceptable.
Para ser seleccionado por la Junta, el aspirante deberá obtener un mínimo de cincuenta (50) puntos de acuerdo con la tabla de valores señalada en el presente artículo.