Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:
Formular la política del organismo y determinar los planes y programas conforme a las reglas que se prescriben para las entidades encargadas de la seguridad social.
Adoptar los estatutos de la entidad y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional.
Aprobar el presupuesto anual de la entidad y las modificaciones y adiciones que se le hagan.
Examinar los balances semestrales y los informes financieros rendidos por el Director General e impartirles su aprobación.
Adoptar el reglamento general de los servicios.
Dirigir y controlar los planes de inversión, las reservas y su manejo financiero.
Fijar la planta de personal y someterla a la aprobación del Gobierno Nacional.
Autorizar al Director General para celebrar contratos cuya cuantía fuere superior a la suma que la misma junta determine.
Las demás que le sean asignadas.