Micelio

Artículo 5

Funciones De La Junta Directiva

Ley 86 de 1988 · Por medio de la cual se crea el Fondo de Previsión Social de Notariado y Registro, "Fonprenor", y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Junta Directiva las siguientes:

1.

Formular la política del organismo y determinar los planes y programas conforme a las reglas que se prescriben para las entidades encargadas de la seguridad social.

2.

Adoptar los estatutos de la entidad y someterlos a la aprobación del Gobierno Nacional.

3.

Aprobar el presupuesto anual de la entidad y las modificaciones y adiciones que se le hagan.

4.

Examinar los balances semestrales y los informes financieros rendidos por el Director General e impartirles su aprobación.

5.

Adoptar el reglamento general de los servicios.

6.

Dirigir y controlar los planes de inversión, las reservas y su manejo financiero.

7.

Fijar la planta de personal y someterla a la aprobación del Gobierno Nacional.

8.

Autorizar al Director General para celebrar contratos cuya cuantía fuere superior a la suma que la misma junta determine.

9.

Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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