Artículo primero. A partir del primero de febrero de 1959, las Secciones de Química y de Control de Drogas, Alimentos y Cosméticos dependientes del Departamento Jurídico del Ministerio de Salud Pública y el Laboratorio de B. C. G., dependiente de la División de Tuberculosis del mismo Ministerio, pasarán como dependencias del Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez", bajo la dirección y administración del Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, según los términos del contrato a que se refiere el Decreto número 0191 de 1958.
El personal de vacunación con B. C. G., dependiente actualmente del Laboratorio de Producción de esa vacuna, continuará dependiendo de la División de Tuberculosis del Ministerio de Salud Pública.