El artículo 28 quedará así:
"Articulo 28. Copias de las litas de sufragantes permanecerán fijadas en un lugar público desde el 15 de Marzo hasta el 1.° de Abril."
Ley 119 de 1892 · Que reforma la 7a de 1888, y deroga la 43 del mismo año y la 41 de 1890, sobre Elecciones populares
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 28 quedará así:
"Articulo 28. Copias de las litas de sufragantes permanecerán fijadas en un lugar público desde el 15 de Marzo hasta el 1.° de Abril."
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.