Art. 6.° Facúltase al Gobierno para que haga los estudios o gestiones del caso con el fin de saber si es posible traer a Bogotá las aguas del rio Funza ú otras que pongan a la ciudad a cubierto del peligro de que algún día le llegue a faltar a la población ese elemento. Las sumas que se invirtieren en esos estudios se considerarán también incluídas en el Presupuesto.
Ley 36 de 1903 →Vigente
Artículo 6
Ley 36 de 1903 · por la cual se autoriza al Gobierno para comprar la Empresa del Acueducto del Bogotá o para establecer bases que la fomenten y la mejoren
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.