Micelio

Artículo 3

Decreto 671 de 1964 · Por el cual se modifica el Decreto número 157 de 1964

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero . De este personal los que se hubieren posesionado y ejercido funciones con base en el artículo que se modifica por el presente Decreto, no requerirán de nueva posesión. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 671 de 1964