º. Presupuesto . Por virtud de su autonomía jurídica, administrativa, contractual y presupuestal, la Auditoría General de la República corresponderá a una sección del Presupuesto General de la Nación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º del Decreto 111 de 1996 y normas concordantes. El Gobierno Nacional efectuará las operaciones, modificaciones, traslados y demás procedimientos que sean necesarios para que este órgano cuente con las apropiaciones presupuestales requeridas para su cabal funcionamiento, una vez se promulgue el presente decreto. CAPITULO II Organización administrativa
Decreto 1142 de 1999 →Inexequible
Artículo 8
º
Decreto 1142 de 1999 · por el cual se determina la organización y funcionamiento de la Auditoría General de la República
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.