º El Comité a que se refiere el artículo anterior estará integrado de la siguiente forma
Por el Ministro de Relaciones Exteriores, quien lo preside;
Por el Comandante de la Armada Nacional;
Por el Director General Marítimo y Portuario;
Por el Gerente General del Banco de la República;
Por el Director de Colciencias, y
Por el Gerente de la Corporación Nacional de Turismo.
El Comité a que se refiere este artículo se reunirá por citación del Ministro de Relaciones Exteriores.