(Transitorio), Los actuales funcionarios de la Dirección General de Aduanas o del Fondo Rotatorio de Aduanas que vienen desempeñando cargos sin reunir los requisitos mínimos exigidos por la ley para el desempeño de los mismos, podrán ser trasladados e incorporados a otros cargos. La incorporación de los empleados deberá efectuarse a cargos con sueldos básicos iguales o superiores a los que venían percibiendo y no se aplicarán las normas sobre restricción del gasto público establecidas por la ley.
Decreto 2649 de 1988 →Vigente
Artículo 73
Decreto 2649 de 1988 · Por el cual se determinan la estructura y funciones de la Dirección General de Aduanas y del Fondo Rotatorio de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.