El artículo 132 del Código Contencioso Administrativo tendrá un numeral 14, cuyo texto será el siguiente:
14. De las acciones populares y de cumplimiento que se interpongan contra entidades del nivel nacional.
Derogado
Ley 1395 de 2010 · Por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El artículo 132 del Código Contencioso Administrativo tendrá un numeral 14, cuyo texto será el siguiente:
14. De las acciones populares y de cumplimiento que se interpongan contra entidades del nivel nacional.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.