Acta de renuncia. El funcionario ante quien se presente el memorial de renuncia de la nacionalidad colombiana procederá a elaborar el Acta correspondiente, para lo cual dispondrá de un término máximo de dos (2) meses contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud.
El acta de renuncia deberá contener:
Nombre y apellidos completos de la persona, lugar y fecha de nacimiento;
Relación de los documentos aportados.
El acta se extenderá en cuatro (4) ejemplares, los cuales serán enviados dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición, a la Registraduría Nacional del Estado Civil, Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, a la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores y uno se entregará al interesado.
Los documentos que se entreguen anexos al memorial de renuncia deberán ser remitidos por el funcionario que los recibe, a la autoridad expedidora.
La Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores comunicará a la Oficina de Pasaportes sobre las Actas de Renuncia que se expidan.